Pareja de hecho: requisitos

Los requisitos para formalizar una pareja de hecho son acreditar una convivencia estable, ser mayores de edad, no estar casados ni ser pareja de hecho con otra persona, residir en la misma comunidad autónoma donde se realiza el registro, y presentar la documentación necesaria según la normativa local.

En Maat Abogados, sabemos que las relaciones de pareja han evolucionado con el tiempo y, cada vez son más las personas que optan por formalizar su unión mediante el registro como pareja de hecho. Este trámite no es equivalente al matrimonio, pero ofrece una serie de derechos y beneficios legales, patrimoniales y familiares.

A continuación, vamos a explicarte detalladamente qué significa ser pareja de hecho, cuáles son los requisitos y cómo puedes formalizar este tipo de unión en España.

¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho es la unión estable de dos personas que conviven y tienen una relación de afectividad análoga al matrimonio, pero que no desean o no pueden casarse. Este tipo de unión está regulado en España por las comunidades autónomas, lo que significa que las condiciones para registrarse como pareja de hecho pueden variar según la región.

Diferencias entre pareja de hecho y matrimonio

Aunque a primera vista ambas figuras legales pueden parecer similares, hay diferencias entre la pareja de hecho y el matrimonio:

  1. Reconocimiento legal: Mientras que el matrimonio está regulado por el Código Civil y es válido en toda España, las parejas de hecho están reguladas por normativas autonómicas.
  2. Herencias y pensiones: Las parejas de hecho no tienen los mismos derechos automáticos en caso de fallecimiento de uno de los miembros, salvo que exista un testamento o se cumplan condiciones específicas.
  3. Régimen económico: Las parejas de hecho no están sujetas al régimen económico matrimonial (como la sociedad de gananciales), salvo que acuerden algo diferente mediante escritura pública.

Ventajas y desventajas de ser pareja de hecho

Ventajas:

  • Más flexibilidad en la gestión económica.
  • Menor burocracia que el matrimonio.
  • Posibilidad de beneficiarse de ciertos derechos sociales y fiscales.

Desventajas:

  • Derechos limitados respecto al matrimonio en cuestiones como herencia, adopción o pensiones.
  • No existe un marco normativo unificado en España.

Requisitos generales para registrarse como pareja de hecho

Aunque cada comunidad autónoma tiene sus propias reglas, hay ciertos requisitos generales que suelen ser comunes en todo el país:

  1. Convivencia: En la mayoría de los casos, se exige haber convivido durante un periodo mínimo que puede variar entre seis meses y dos años.
  2. Edad mínima: Ambos miembros deben ser mayores de edad.
  3. Estado civil: No estar casados ni ser pareja de hecho con otra persona.
  4. Relación afectiva: La unión debe ser estable y pública.
  5. Empadronamiento: Generalmente, se solicita que ambos miembros estén empadronados en la misma vivienda.
  6. No parentesco: No se permite que las parejas de hecho estén formadas por personas con parentesco cercano (como hermanos).

Documentos necesarios

Para registrar una pareja de hecho, normalmente necesitarás presentar:

  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Certificado de empadronamiento conjunto.
  • Declaración jurada de estado civil.
  • Certificado de nacimiento.
  • Documentación que acredite el tiempo de convivencia, como contratos de alquiler o facturas conjuntas.
  • En algunos casos, escritura pública en la que conste la relación.

Requisitos específicos por comunidades autónomas

En España, las comunidades autónomas tienen competencia para legislar sobre las parejas de hecho, por lo que los requisitos pueden variar. Aquí te explicamos algunos casos específicos:

Cataluña

Para ser pareja de hecho en Cataluña:

  • No es obligatorio inscribirse en un registro específico, pero sí es necesario acreditar convivencia estable durante al menos dos años.
  • Alternativamente, se puede formalizar la pareja de hecho mediante escritura pública ante notario.

Madrid

Para ser pareja de hecho en Madrid:

  • Se exige una convivencia mínima de 12 meses.
  • Es necesario inscribirse en el Registro de Uniones de Hecho.
  • Ambos miembros deben estar empadronados en la Comunidad de Madrid.

Andalucía

Para ser pareja de hecho en Andalucía:

  • Es obligatorio inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho.
  • No se exige un tiempo mínimo de convivencia previo al registro.

Cada región tiene normativas particulares que pueden incluir requisitos adicionales, como residir en la comunidad durante un periodo determinado.

En Maat Abogados te recomendamos consultar las normas específicas de tu lugar de residencia para asegurarte de cumplir con todos los requisitos.

Pasos para registrarse como pareja de hecho

El proceso para registrar una pareja de hecho varía según la comunidad autónoma, pero, en general, los pasos son los siguientes:

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios según los requisitos establecidos por tu comunidad.
  2. Solicitar cita: En la mayoría de los casos, debes pedir una cita previa en el registro correspondiente o ante un notario.
  3. Presentar la solicitud: Acude a la cita con toda la documentación requerida.
  4. Inscripción: Una vez revisada la documentación, se procede a la inscripción en el registro de parejas de hecho.

¿Dónde se realiza el trámite?

El trámite puede realizarse en el registro de parejas de hecho de tu comunidad autónoma o en ayuntamientos habilitados. También puedes formalizarlo ante notario, dependiendo de la normativa local.

Tiempo estimado

El tiempo necesario para completar el trámite puede variar. En algunos casos, la inscripción se realiza de manera inmediata, mientras que en otros puede tardar varias semanas.

Derechos y obligaciones de una pareja de hecho

Las parejas de hecho adquieren ciertos derechos y obligaciones al registrarse, aunque no son equivalentes a los del matrimonio.

Derechos legales y patrimoniales:

  • Acceso a pensiones de viudedad: Bajo ciertas condiciones, las parejas de hecho pueden acceder a este derecho.
  • Derechos de residencia: En parejas internacionales, el miembro extranjero puede solicitar la residencia en España.
  • Derechos sociales: Algunas comunidades autónomas ofrecen beneficios fiscales o acceso a vivienda protegida.

Obligaciones fiscales y económicas:

  • Las parejas de hecho no tienen un régimen económico predeterminado, pero pueden establecer acuerdos en escritura pública.
  • En algunos casos, pueden declarar conjuntamente en el IRPF.

En Maat Abogados, estamos a tu disposición para resolver cualquier duda o ayudarte a realizar el proceso de registro como pareja de hecho. Nuestro equipo de expertos te acompañará en cada paso para garantizar que tu unión esté formalizada correctamente y se adapte a tus necesidades legales y personales. ¡No dudes en contactar con nosotros para más información!

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