Como definición de profesional altamente cualificado, tenemos a aquellos trabajadores extranjeros que tienen una titulación superior (mínimo de 3 años) o, excepcionalmente, acredite un mínimo de cinco años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para la cual se solicita la autorización de residencia y trabajo.

Se suprime así el antiguo requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos extranjeros, por lo que, una vez apostillados en el país de origen, es decir, declarados verdaderos y legales, debe surtir los mismos efectos en el país receptor, reconociéndose su eficacia jurídica.