Se trata de un procedimiento judicial que debe ser interpuesto con la asistencia de un abogado y un procurador, y que, por sus características, deberá presentarse ante la Audiencia Nacional en Madrid.

Es un trámite que, por lo tanto, el solicitante no podrá realizar de forma autónoma, sino que necesitará estar asesorado por profesionales capacitados para llevarlo a cabo.

El trámite empieza con la presentación, por parte del abogado y con la representación del procurador, de un anuncio de interposición de la demanda. Se trata de un escrito en el que se indica el contexto de presentación de la misma.

Cuando la Audiencia Nacional recibe el escrito, lo primero que hace es admitir a trámite esta demanda, y solicitar el expediente administrativo de referencia al Ministerio de Justicia para conocer del asunto y poder emitir una sentencia.

Una vez que el Ministerio de Justicia recibe el aviso de la Audiencia Nacional, requiriéndole el expediente, considerando que el expediente está correcto y ante la presión judicial, puede resolverlo. En otros casos, el Ministerio de Justicia devuelve el expediente para que se pueda formular la correspondiente demanda contenciosa.

Aunque parezca un procedimiento sencillo, como cualquier procedimiento judicial, a lo largo del transcurso del mismo pueden haber contratiempos que entrañan cierta complejidad. Por ejemplo, dependiendo de la sección de la Audiencia Nacional que corresponda tramitar nuestro procedimiento, este puede agilizarse o retrasarse.