Otro punto muy importante que queremos destacar es que, aunque la letra de la ley se refiere únicamente a “hijos/nietas” y “nietos/nietas” de origen español, muchos consulados también están aceptando la solicitud de “bisnietos“, siempre que se acredite el linaje adjuntando certificado del bisabuelo español.

Por último, y de suma importancia, le informamos que estamos especializados en el tema, teniendo bajo nuestra supervisión y asesoramiento multitud de procesos derivados de la Ley de Nietos en todo el mundo.