El proceso de exequátur comienza con la presentación de una solicitud ante los tribunales españoles. Esta solicitud debe acompañarse de la documentación pertinente, que incluye una copia de la sentencia que se desea reconocer y, a menudo, una traducción oficial al español. Los tribunales españoles, al evaluar la solicitud, no reexaminan el fondo del asunto juzgado en el extranjero; su función es verificar que la sentencia cumpla con ciertos requisitos:

  1. Legalidad: La sentencia debe haber sido emitida por un tribunal competente según las leyes del país donde se originó.
  2. Notificación y Defensa: Debe haberse garantizado el derecho a un proceso justo, incluyendo la debida notificación a las partes involucradas y la oportunidad de presentar una defensa.
  3. Conformidad con el Orden Público: La sentencia no debe contravenir los principios fundamentales o el orden público del derecho español.
  4. No Contradicción con Sentencias Españolas: No debe existir otra sentencia emitida por un tribunal español que sea contradictoria con la sentencia extranjera.