Ante las Oficinas de Extranjería de la provincia donde el interesado pretenda permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, como ocurre con la Provincia de Barcelona, ante las Comisarías de Policía.
En el momento de presentar la documentación se expedirá el certificado. Una vez abonada la tasa, previa constatación de los requisitos, se expedirá inmediatamente al interesado un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.