Legalmente, el plazo de resolución de la solicitud es de 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la misma. Si en este plazo la Administración no nos responde, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. De todas formas, es bastante común que la Generalitat no nos responda en el plazo de los 3 meses, sino que en algunos casos en 4 o en 5 meses. Pero eso no quiere decir que nuestro expediente haya sido rechazado. Lo que ocurre es que, por un alto volumen de solicitudes a ser tramitadas por la Administración, esta no llega a contestar dentro del plazo legalmente establecido. Así que nuestro consejo es, mantener la paciencia y esperar hasta que nos notifiquen la resolución de nuestra solicitud, la Administración está obligada a resolver nuestro expediente, aunque fuera de plazo.