• Básicamente, que la empresa presente un contrato de trabajo, de acuerdo con la tipología prevista en la normativa laboral vigente, que garantice una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización de residencia y trabajo que se solicita (en autorizaciones de vigencia superior a un año, la duración del contrato debe ser al menos de un año) y que proporcione unos ingresos superiores al salario mínimo interprofesional (SMI) a tiempo completo.
  • Tener formalizada la inscripción al régimen correspondiente del Sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social (estas circunstancias se comprobarán de oficio).
  • Contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para el desarrollo de la actividad y para atender las obligaciones asumidas en el contrato de trabajo.
  • Abonar la tasa de tramitación relativa a la autorización de trabajo.