Después de notificar al empleador el otorgamiento del permiso de residencia y trabajo para el profesional altamente calificado, el trabajador tendrá un plazo de 1 (un) mes para solicitar personalmente el visado en la Misión Diplomática u Oficina Consular en cuya demarcación resida. Una vez otorgado el visado, se aplica un plazo máximo de 15 (quince) días para retirarlo, bajo pena de archivar su expediente. La aplicación del visado y el inicio de la vigencia de la autorización de residencia y trabajo tendrá lugar en la fecha de entrada en territorio español. Es importante señalar que, tras la entrada en España, existe un plazo de 1 (un) mes desde la fecha de alta en la Seguridad Social para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), conocida como “Tarjeta azul-UE”.