Tarjeta de residencia como familiar comunitario

¿CÓMO TRAMITAR MI TARJETA DE RESIDENCIA COMO FAMILIAR COMUNITARIO?

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, conocida por todos como la tarjeta comunitaria, se caracteriza por ser un permiso de residencia y trabajo que puede obtenerse incluso estando el ciudadano ya viviendo en España en situación irregular. El requisito imprescindible es que un familiar, ciudadano de la UE, resida en España.  

Trataremos de explicarte brevemente el procedimiento y los requisitos para poder tramitar la solicitud.

Índice

¿Qué es?

Documento que identifica a ciudadanos y ciudadanas extracomunitarios familiares de ciudadanos y ciudadanas comunitarios, a efectos de acreditar su situación legal en España.

Los miembros de la familia de un ciudadano de un Estado miembro de la U.E., de un Estado parte en el Acuerdo sobre el EEE o de Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando le acompañen o se reúnan con él, podrán residir en España por un período superior a tres meses, estando sujetos a la obligación de solicitar y obtener una «tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión”.


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¿Qué familiares pueden beneficiarse?

Pueden solicitar la tarjeta de residencia de familiar comunitario, los familiares del ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea y también Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza (que son estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo).

La podrán solicitar cuando le acompañen o se reúnan con él, con las especificidades del Reglamento:

  • Ascendientes (sus padres o los de su cónyuge o pareja registrada) que vivan a cargo
  • Descendientes (sus hijos o los de su cónyuge o pareja registrada) si son +21 años habrá que demostrar que vive a su cargo. Lo veremos más adelante.
  • Cónyuge.
  • Pareja de hecho inscrita en Registro Público o bien si no está inscrita que pueda demostrarse un vínculo duradero de al menos 1 año continuado, salvo que tengan hijos en común, en cuyo caso se considera probada automáticamente la convivencia estable.
  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud sea estrictamente necesario que el ciudadano se haga cargo de su cuidado personal o bien que en el país de procedencia esté a cargo o conviva con el ciudadano de la unión. (se entiende acreditada la convivencia se demuestra una convivencia de 24 meses continuados).

La tarjeta de residencia de familiar comunitario permite al beneficiario residir y trabajar en España. Puede también salir y entrar del país sin problemas, sin superar los 6 meses de ausencia.

PERIODOS DE VALIDEZ

  • Tarjeta inicial o temporal: duración 5 años a partir fecha expedición.
  • Tarjeta de residencia permanente: duración 10 años. Se tramita siempre después de la temporal y debe renovarse cada 10 años.

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¿Puedo solicitar la tarjeta comunitaria estando en situación irregular?

Sí, es posible regularizar la situación de extranjería de los familiares que anteriormente hemos descrito: padres, hijos, cónyuge, pareja estable, familiares a cargo, siempre que se cumplan los requisitos.

Entre estos requisitos destacamos 2 fundamentales:

1.– Se tendrá que presentar la documentación requerida que justifique el vínculo familiar.

2.- También es importante que el ciudadano comunitario residente en España, pueda justificar los recursos económicos suficientes, para acoger al familiar.


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¿Cuáles son las consecuencias de simular parejas de hecho?

Es un tema muy delicado pero muy importante. Para las personas que están pensando en hacer pareja de hecho, deben saber, que sí existen consecuencias por la simulación de la pareja. Éste debe ser un vínculo honesto y real que exista entre dos personas y que realmente sean pareja.  

En algunos casos está sucediendo que hay personas que están haciendo este trámite con amigos, conocidos, para ayudarles a conseguir su residencia y permiso de trabajo… considerándose esta acción como fraude. 

Advertimos que en estos casos, si las autoridades descubren el fraude, no solo denegarían la residencia, sino que, constituirían una sanción administrativa grave en derecho de extranjería, castigada hasta los 10.000€ de multa y podrían llegar a constituir una infracción penal.  


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Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud en modelo oficial por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión.
  • Pasaporte válido y en vigor. Si dicho documento está caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • DNI o NIE de familiar comunitario.
  • Documentación acreditativa vínculo familiar: libro de familia, certificado de la pareja de hecho, certificado de nacimiento…)
  • Certificado de empadronamiento
  • Acreditación medios económicos: El familiar comunitario debe encontrarse en cualquiera de estas situaciones: estar trabajando por cuenta ajena, estar trabajando por cuenta propia o ser estudiante. Si no está en ninguna de esos tres supuestos, deberá acreditar que dispone de recursos económicos con cualquier medio de prueba válido.
  • Seguro médico

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¿Dónde se presenta la documentación?

En las Oficinas de Extranjería, Jefatura Superior o Comisarías de Policía de la localidad donde pretenda permanecer o fijar su residencia.

  • Plazo de presentación: 3 meses contados desde la fecha de entrada en España. Se entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
  • Tasas: deberá ser abonada con anterioridad a la expedición de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
  • La expedición de la tarjeta de residencia deberá realizarse en el plazo de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud. La resolución favorable tiene efectos desde la fecha acreditada de entrada en España siendo familiar de ciudadano de la Unión.

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¿Cuál es la normativa basica reguladora?

  • Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
  • Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2004, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

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Si desean contactar con nosotros para iniciar el trámite, pueden hacerlo a través del formulario de contacto: https://maatbarcelona.es/contacto/ o bien directamente llamarnos por teléfono o vía correo electrónico.

Estaremos encantados de poder ayudarle.

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Esta entrada tiene 27 comentarios

  1. Gloria

    Hola Soy residente temporal por contrato de trabajo indefinido, me case con una persona en estado irregular de un año. Puede tener la tarjeta comunitaria a través de mi ?

    1. Maat Abogados

      Estimada Gloria, te enviamos un correo de contacto, gracias por contactar con nuestro despacho. Recibe un cordial saludo.

  2. Natalia

    Hola, soy argentina con ciudadania italiana. mi pareja es argentina sin ciudadania. estamos casadas en argentina y vamos a registrar el matrimonio en el consulado italiano.
    Una vez en España (despues de obtener mi NIE y empadronarnos las dos en el mismo domicilio) queremos pedir la tarjeta de residencia por matrimonio. Mi consulta es: cuanto suele demorar en salir la tarjeta comunitaria por matrimonio desde el dia que se solicita? Se que la tarjeta se realiza en el plazo de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud pero hay posibilidades de que salga antes tambien? Y en el caso de que no pueda salir antes de los 3 meses, ella podria trabajar con el favorable mientras esperamos la tarjeta de residencia?
    Mi duda es porque no se si nos conviene pedir tarjeta de residencia por matrimonio o directamente una vez lleguemos a España hacer la pareja de hecho alla y pedir permiso con eso.

    la otra consulta es, actualmente cual es el monto que se pide para acreditar medios economicos?
    desde ya muchas gracias!

    1. Maat Abogados

      Estimada Natalia, te enviamos un correo para poder ayudarte, gracias por la confianza en nuestro despacho, saludos cordiales.

  3. Yaniella Vega Valdés

    Buenas tardes, quisiera q me ayudarán a esclarecer mi duda, soy ciudadana italiana residente aquí en España. Traje a mi mamá (78 años) por carta de invitación desde Cuba y quise que se quedara aquí conmigo, ella quedó en situación irregular ya hace casi un año y está empadronada aquí en mi casa, yo la mantengo económicamente. Mi duda es que ¿si le solicitó la tarjeta de residente de familiar de comunitario, me podrían multar a mí por la carta de invitación que le puse? Gracias por su ayuda. Saludos

    1. Maat Abogados

      Estimada Yaniella, te hemos enviado un correcto de contacto para poder ayudarte. Quedamos atentos, gracias y saludos cordiales.

      1. Abel Estevez

        Hola, adquirí mi residencia como familiar de comunitario, soy hijo de una ciudadana española. Puedo con esta residencia hacer reagrupación en régimen general a mi esposa en Cuba? o tengo que cambiar de residencia? Gracias

        1. Maat Abogados

          Estimado Abel, te hemos enviado un correo de contacto para poder ayudarte. Gracias y recibe un saludo cordial.

  4. TOMAS

    Buenas tardes,

    Mi esposa tiene un contrato temporal de 6 meses en España. Quisiera saber si es suficiente para tramitar la tarjeta de residencia, y cuál sería la duración de la misma. Saludos

    1. Maat Abogados

      Estimado Tomas,

      Te hemos enviado un correo de respuesta para poder ayudarte. Recibe un cordial saludo.

  5. Yael

    Hola!
    el seguro medico privado por demostración de fondos debe de ser solo para el comunitario o ambos?

    1. Maat Abogados

      Estimada Yael, te enviamos un correo de contacto. Recibe un cordial saludo.

      1. Andrea Del toro

        Hola necesito ayuda para conseguir mi tarjeta residencia de familiar cuidadano U.E.

        1. Maat Abogados

          Estimada Andrea, te hemos enviado un correo de contacto, muchas gracias por contactar con nosotros. Saludos cordiales.

  6. yailin

    Hola mi novio y yo somos pareja de hecho, yo vine con visado de estudios, puedo luego aplicar a la residencia de familiar comunitario? mi Visado esta próximo a vencer

    1. Maat Abogados

      Estimada Yailin, te enviamos un correo de contacto para poder ayudarte. Recibe un saludo cordial.

  7. Anthony

    Hola, el seguro medico es tambien el que proporcionan a los autonomos?

    1. Maat Abogados

      Estimado Anthony, te hemos enviado un correo de contacto para poder ayudarte. Saludos cordiales.

  8. Idania

    Hola. Llevo dos años y 6 meses viviendo en españa en situación irregular, mi hijo quien convive conmigo en el mismo domicilio y quién ha sido mi sustento económico acaba de recibir la nacionalidad española. Es trabajador por cuenta ajena con contrato de trabajo vigente. Puedo solicitar la tarjeta comunitaria

    1. Maat Abogados

      Estimada Idania,

      Te hemos enviado un correo de contacto.

      Saludos cordiales.

  9. Merve

    Hola,mi novio(italiano) tiene contrato de trabajo temporal que 6 meses.el trabaja jornada completamente.Esta suficiente para pedir residencia de extranjeria? o tenemos que poner algo de dinero en su cuenta del banco?
    y puedes enviar me informacion sobre que precio de pedir cita de extranjeria?
    muchas gracias.

    1. Maat Barcelona

      Buenos días Merve,

      Respecto a su consulta, le hemos facilitado un correo electrónico. Gracias por ponerse en contacto con nosotros. Saludos cordiales

      1. FAY

        ME PEUDEN EXPLICAR DE QUE SE TRATA EL SEGURO MEDICO? GRACIAS

        1. Maat Abogados

          Estimada Fayza, estamos en contacto vía correo electrónico. Gracias por tu confianza en nuestro despacho, saludos cordiales.

          1. Richie

            Hello I’m Filipina, I got married to an Italian citizen and moved to Italy last August 2019.
            I currently have a 5 years Italian Residency Card or “Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión”.
            We are planning to move to Spain and take over a business.

            My question are :
            Italian Tarjeta can be converted into a Spanish Tarjeta?

            Can I start working right away in Spain?

            What are the documents needed?

            Thank you very much.

            1. Maat Abogados

              Dear Filipina, we’ve just sent you an email. Thank you and kind regards.

  10. Maria

    Hola si no llevan empadronamiento de un año ? Y Quanto tiempo demora hasta tener la tarjeta? Gracias un saludo

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