Autorización de Regreso

Los extranjeros que estén en trámites de renovación o prórroga de su permiso de residencia o estancia, que necesiten salir de España, deberán solicitar un permiso de salida y posterior retorno, la denominada Autorización de Regreso.

Índice

¿Quién debe aplicar?

La Autorización de Regreso está destinada a los extranjeros que:

a) Sean titulares de una autorización de residencia o estancia y que hayan iniciado los trámites para la renovación o prórroga de la autorización que les permita permanecer en España dentro del plazo legal.
b) Sean titulares de una tarjeta de identidad de extranjero en vigor y haber presentado solicitud de duplicado de la tarjeta por robo, extravío, destrucción o inutilización.
c) Acreditar que el viaje responde a una situación de necesidad y concurren razones excepcionales y tener resuelta favorablemente la autorización inicial de residencia o estancia y tener en trámite la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.

 


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¿Cómo es el procedimiento?

Para solicitar una Autorización de Regreso, el propio extranjero (o entonces su representante legal) deberá marcar una cita en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía correspondiente a la provincia en la que haya fijado su domicilio, presentándose en el día y hora previstos con toda la documentación pertinente.


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¿Qué documentos se necesitan?

Los documentos requeridos para el trámite son los siguientes:

• Impreso de Solicitud (modelo EX-13), por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado. Accesible en este enlace: http://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html
• Copia del pasaporte completo o cédula de inscripción y título de viaje en vigor.
• Copia de la solicitud de renovación o prórroga de la autorización o de la tarjeta de identidad de extranjero, o resguardo acreditativo de su presentación.
• Impreso de Tasa de 10,72 euros, cuyos códigos dependen del lugar donde se realizará la solicitud: Modelo 790 código 052 – si se tramita en la Oficina de Extranjería, o Modelo 790 código 012 – si se tramita en la Comisaría de Policía.
• Impreso justificativo del pago de la tasa o sello de la entidad bancaria

Se recomienda llevar copias de los documentos mencionados y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

Además, también será necesario aportar documentación acreditativa de que el viaje responde a una situación de necesidad y por circunstancias excepcionales, si ese es el caso.


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¿Cuándo no se emitirá la Autorización de Regreso?

En algunas circunstancias no se emitirá la autorización de devolución, como es el caso de los extranjeros sobre los que pese una prohibición de salida de España o una limitación a su libertad de circulación acordada por la autoridad judicial con carácter cautelar o en un proceso de extradición, o como consecuencia de sentencia firme.


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¿Cuál es el período de validez de la autorización?

La autorización de regreso tendrá una vigencia no superior a 90 días contados:

  • Si la autorización de residencia o estancia no está en periodo de renovación, desde la fecha de concesión.
  • Si la autorización de residencia o estancia está en periodo de renovación:
    • Desde la fecha de caducidad de la autorización, si se solicita antes de que caduque.
    • Desde la fecha de concesión, si se solicita después de la caducidad de la autorización.

La autorización de regreso se podrá utilizar para todas las salidas y el posterior retorno que se precisen durante la vigencia de la autorización.


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Si deseas más información, nos ofrecemos a asesorarte de forma personalizada. Puedes hacer llegar tu consulta a través del formulario de contacto https://maatbarcelona.es/contacto/, por el correo electrónico hola@maatbarcelona.es o a través del teléfono +34 698.488.318. Estaremos encantados en poder ayudarte.

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Esta entrada tiene 3 comentarios

  1. Ekaterina

    ¡Hola ! Necesitamos Su ayuda. Nuestra familia 3.11.2023 solicitó un permiso de residencia en España bajo el programa de nómada Digital. 13.12.2023 llegó una respuesta positiva. En Barcelona, el 22/12/2023, presentamos documentos y huellas dactilares para la fabricación de la tarjeta TIE. Pero la Visa Schengen actual terminó el 27.12.2023. No era posible organizar la Autorización de regreso para sus hijos, ya que había días festivos y fines de semana en España. Tomamos la decisión de enviar a los niños a casa para no violar las condiciones de la Visa, y nos quedamos en España a la espera de los documentos. Dado que después de depositar las huellas en la tarjeta TIE en el plazo de 30 días, es necesario recogerla personalmente, los niños deben regresar a España. ¿Es posible que los padres formalicen en Barcelona la Autorización de retorno para nuestros hijos menores de edad? Los niños no pueden solicitar una Visa en San Petersburgo sin la presencia de sus padres. Por favor ayuda en este asunto. Gracias

    1. Maat Abogados

      Estimada Ekaterina, hemos respondido tu mensaje por correo. Muchas gracias por tu confianza en nuestro despacho. Recibe un cordial saludo.

  2. Umair Hasaan

    good

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